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Colectivo de Vida
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Con esta póliza garantizamos a los beneficiarios de sus empleados, el pago de la suma asegurada contratada en caso de fallecimiento del asegurado por muerte natural. También incluye un beneficio que exime del pago de la prima, en caso de incapacidad total y permanente.

Opcionalmente puede incluir coberturas por muerte o desmembramiento por causa accidental, por incapacidad total y permanente y por gastos de entierro de los familiares del Asegurado.

Las sumas aseguradas pueden ser diferentes para cada empleado y hasta un máximo de 10.000 UT, establecido en la Regulación correspondiente.

Se aplican descuentos en función de la prima anual.

Publicidad Aprobada por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora bajo el Nro. 14.096

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