Incendio |
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La póliza de incendio indemniza por los daños materiales causados a los bienes asegurados por la acción directa o indirecta de incendio, y las pérdidas o daños causados por: rayo, explosión, impacto de aeronave, satélites, cohetes u otros aparatos aéreos o de los objetos desprendidos de los mismos, el agua u otros agentes de extinción en los predios ocupados por el asegurado o en predios adyacentes, el humo de un incendio originado en los predios ocupados por el asegurado o en predios adyacentes.
- Terremoto o temblor de tierra.
- Extensión de cobertura por huracán, ventarrón o tempestad, humo e impacto de vehículos.
- Daños por agua.
- Rotura de vidrios o anuncios.
- Inundación.
- Pérdida de rentas.
- Pérdidas indirectas.
- Lucro cesante.
- Bienes refrigerados o congelados.
- Primera pérdida
- Primer riesgo absoluto.
- Primer riesgo relativo.
- Demolición, remoción o limpieza de escombros.
- Motín, disturbios populares, disturbios laborales y daños maliciosos.
Publicidad Aprobada por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora bajo el Nro. 14.096
