El seguro denominado Rotura de Maquinaria tiene por objeto ofrecer a la industria un amparo eficiente para cubrir sus máquinas e instalaciones.

Es, en efecto, un seguro contra accidentes para máquinas, amparando los daños que puedan suceder repentina e inesperadamente, causando pérdidas de relativa importancia y haciendo necesaria su reparación o reposición.

En tal sentido, cubre los daños ocasionados por:

Impericia, descuido y actos malintencionados de extraños o individuales del personal del asegurado.
La acción de la energía eléctrica como resultado de cortos circuitos, arcos voltaicos y otros efectos similares, así como la acción indirecta de la electricidad atmosférica.
Errores en diseño, defectos de construcción, fundición y uso de materiales defectuosos.
Defecto de mano de obra y montaje incorrecto.
Rotura debida a fuerza centrífuga de las máquinas aseguradas.
Explosión de la máquina asegurada.
Calentamiento excesivo del material por falta de agua.
Vientos.
Cuerpos extraños que se introduzcan a los bienes asegurados.



Publicidad Aprobada por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora bajo el N°14.096

 

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